• Actividad Aduanera
  • Nosotros
  • Sala de Prensa
  • CAAAREMTV
  • Síntesis de Prensa
paykwik al paykasa sportwettenpaykwikgeciktirici krem

NOM-218-SCFI-2017

2 marzo, 2018karemwebActividad Aduanera

Hacemos de su conocimiento que la Secretaría de Economía publicóen el DOF del 15/02/2018 la Norma citada al rubro, la cual entraráen vigor a los 60 días naturales después de su publicación en el mismo órgano informativo.

A continuación, les damos a conocer los puntos más relevantes de esta publicación:

Objetivo y campo de aplicación (punto 1)

Esta NOM establece que todos los equipos de radiocomunicación que cuenten con la interfaz digital a 2048 kbit/s y a 34 368 kbit/s, llamadas también E1 y E3, respectivamente y que deseen importarse, comercializarse y/o distribuirse, deben cumplir con las especificaciones mínimas y límites señalados en la Disposición Técnica IFT-005-2016.

Los productos objeto de esta NOM son todos los equipos de radiocomunicación que tienen interfaz digital a redes públicas de telecomunicaciones.


Referencias Normativas (punto 2)

Para los fines de esta NOM, es indispensable consultar los siguientes documentos vigentes:

· Disposición Técnica IFT-005-2016 (DOF 21/01/2016)

· Resolución mediante la cual la Comisión Federal de Telecomunicaciones expide los procedimientos de evaluación de la conformidad de productos sujetos a cumplimiento de NOMS dela competencia de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Evaluación de la conformidad y vigilancia del cumplimiento (punto 5)


La evaluación de esta NOM estaráa cargo de personas acreditadas y aprobadas en los términos de la Ley Federal sobre metrología y Normalización y su Reglamento, a su vez la Secretaría de Economía y el Instituto Federal de Telecomunicaciones serán los ecargados de la vigilancia y del cumplimiento


Artículo segundo transitorio


Los certificados de conformidad vigentes respecto de la NOM-EM-017-SCFI-2016 ” Interfaz digital a 2048 KBIT/S y a 34368 KBIT/S”mantendrán su vigencia hasta el término señalado en ellos y no estarán sujetos a su seguimiento, a la entrada en vigor de la presente NOM.

Artículo tercero transitorio

Los laboratorios podrán iniciar trámites de acreditación y aprobación una vez que esta NOM se publique en el DOF como norma definitiva

Artículo cuarto transitorio

Los importadores que hayan obtenido un certificado para la NOM-EM-017-SCFI-2016, podrán solicitar la re-expedición del certificado de conformidad de producto para la NOM-218-SCFI-2017

Esta publicación y se encuentra en la base de datos de CAAAREM para su consulta.

: NOM

Related Posts

D.O.F. 22/02/18- NOM-144-SEMARNAT-2017 Embalajes de madera

11 mayo, 2018Operativo

México busca regular la importación de ganado vacuno desde otros países

13 noviembre, 2019Editorial

D.O.F. 15/02/18- NOM-218-SCFI-2017 Interfaz digital a redes públicas

11 mayo, 2018Operativo

Búsqueda

Síguenos

Facebook
Twitter
YouTube

Categorias

  • Actividad Aduanera
  • Avisos
  • blog
  • Caaaremtv
  • Main
  • research paper writing
  • Sala de Prensa
  • Sin categoría
  • Síntesis de Prensa
  • Sintesis de Prensa Top
  • uncategorized

CAAAREM®
Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales de la República Mexicana, A.C.
Dirección: Liverpool 88, Col. Juárez, C.P. 06600, Ciudad de México
Conmutador: (01 55) 3300 7500
Todos los Derechos Reservados 2018
> Aviso de Privacidad
CAAAREM® NO SE HACE RESPONSABLE POR CUALQUIER PERJUICIO QUE SE DERIVE DEL USO DE LA INFORMACIÓN PUBLICADA EN ESTE SITIO.